De momento se trata unicamente de un borrador, pero el anteproyecto de Código Procesal Penal que tiene entre manos el ministerio de justicia incluye la posibilidad de uso de spyware, previa autorización del juez, por parte de la policía para poder conseguir información sobre la persona o delito investigado.

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El otro día os comentábamos que la indústria del entretenimiento tenía previsto pedir en Estados Unidos la potestad de incluir software espía o troyanos en sus productos para controlar el uso que de los mismos se hiciera para luchas contra la piratería. Ahora parece que en una línea similar aunque con aparentemente diferentes objetivos, el ministerio de justicia en su anteproyecto de Código Procesal Penal ha incluído una medida que permitiría a la policía el uso de spyware durante sus investigaciones.

En este borrador se puede localizar el artículo 350 el cual dice textualmente "el Tribunal de Garantías podrá autorizar, a petición razonada del Ministerio Fiscal, la utilización de datos de identificación y códigos, así como la instalación de un software, que permitan, de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin conocimiento de su titular o usuario del contenido de un ordenador, dispositivo electrónico, sistema informático, instrumento de almacenamiento masivo de datos informáticos o base de datos".

Como podemos leer en este artículo, el tema de instalación de software es bastante ambiguo y no es dificil imaginar que dentro de ese término entra todo tipo de spyware, troyanos, malware.. además se recalca el "sin conocimiento de su titular o usuario del contenido", por lo que el tema de protección de datos, derecho a la privacidad, etc.. queda totalmente ignorado.

Al parecer estas acciones unicamente podrían ser autorizadas por un juez y siempre para el presunto delito haya sido necesaria la intencionalidad y unicamente sobre equipos localizados bajo jurisdicción española. Vamos un tipo ley estadounidense que lo único que provoca es que los hostings se trasladen a paises con leyes menos influenciadas por intereses ajenos a la justicia (ejemplo de mega). En todo caso los ISP y otras personas con conocimientos para obtener esta información se verían obligados a colaborar proporcionando acceso a los sistemas (según el artículo 451). En este artículo se observa una clara referéncia a los propios investigados y su obligación de por ejemplo desencriptar discos duros...

Seguiremos este proyecto de ley durante su tramitación, aunque es probable que dada la posición de mayoría absoluta del partido popular no se introduzcan grandes cambios y se pase sobre toda una serie de derechos fundamentales de privacidad para perseguir objetivos que ya veremos cuales acabarán siendo.

Fuente Alt1040